Deducción adicional de 3 UIT
Beneficios de Renta 2017

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Si estás en planilla y/o trabajas de manera independiente y tus ingresos anuales superan las 7 UIT (S/ 29,400 para el 2019), ahora podrás pagar menos Impuesto a la Renta por tus gastos en:

  • Restaurantes, bares y hoteles
  • Servicios profesionales y oficios
  • Alquiler de inmuebles
  • Aportaciones a EsSalud por trabajadoras/es del hogar

Todos estos gastos conforman los denominados Gastos deducibles. 

El monto que se deducirá (restará) de tus ingresos, con el cual tendrás un menor impuesto a pagar o un saldo a favor, se obtiene de la suma de determinados porcentajes aplicados según el tipo de gasto. Dicha suma no podrá exceder 3 UIT (S/ 12,600 para el 2019), razón por la cual al monto por deducir se le conoce como Deducción adicional de 3 UIT.  

En el siguiente gráfico te presentamos los porcentajes de los gastos que aplican como montos deducibles:

 montos-deducibles

¿Cómo acceder a este beneficio?

Para beneficiarte con la deducción adicional de 3 UIT deberás pedir los siguientes comprobantes de pago o documentos, según el tipo de gasto que realices:

como-acceder-beneficio-deduccion

RECUERDA:
Para que tu gasto pueda aplicar como deducible, cada vez que pidas boleta de venta o recibo por honorarios electrónicos debes solicitar que registren tu DNI o RUC en el comprobante.

  1. Aplica solo para gastos que efectúes entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2019.
  2. También se consideran como deducibles tus gastos por servicios médicos y odontólogicos brindados a tu cónyuge, concubina/o o hijas/os menores de 18 años o mayores con discapacidad.
  3. En el caso del alquiler de inmuebles, aun cuando el comprobante haya sido emitido a tu nombre, podrás trasladar (atribuir) hasta el 50% de tu gasto a tu cónyuge o concubina/o. 
  4. Si tu arrendador es una empresa, deberás solicitar factura electrónica.

Toma nota
En todos los casos, para que tu gasto sea considerado como deducible, quien te emita el comprobante de pago o documento autorizado debe: 

  • Tener su RUC activo 
  • Encontrarse como contribuyente habido en la fecha en que realice la emisión, o en su defecto al 31 de diciembre del 2019.

Además, si se trata de un restaurante, bar u hotel, debe tener actualizada la información de su CIIU:
55 – hoteles y hospedajes
56 – restaurantes, bares y cantinas 

 

Para conocer si un contribuyente o negocio cumple con estos requisitos haz clic AQUÍ.

 

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Dichos gastos pueden deducirse hasta por un 15% de lo pagado con un límite máximo de 3 UIT de manera independiente o junto a otros conceptos deducibles (S/ 12,600 para el 2019).


Deberá acreditarse con los siguientes comprobantes de pago y/o documentos:

  • Boleta de Venta Electrónica.
  • Ticket POS
  • Ticket monedero electrónico
  • Nota de débito y crédito electrónicas.

Para que proceda dicha deducción los comprobantes de pago mencionados deberán identificar al usuario con el número de su documento nacional de identidad (DNI) o de RUC.

Tratándose de personas naturales extranjeras domiciliadas en el país se les deberá identificar con su número de RUC.